EL GOBIERNO OBLIGA A INCLUIR LA AYUDA DEL PLAN PIVE EN LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Como suena, a modo recaudatorio, y desde el 1 de abril, que se puede solicitar el borrador de la Declaración de la Renta 2013, todos el que haya comprado un coche acogiéndose al Plan PIVE o al Plan PIMA Aire están obligados a cotizar por ella como ingresos del año pasado.

El dinero de ayuda no suele aparecer en la Declaración, pero deben declararse. Tendréis que pagar en función de vuestra base imponible anual, es decir, la que comprende el sueldo bruto anual, el rendimiento del ahorro y otros ingresos extra como donaciones o herencias.

Os dejamos una tabla orientativa para que os hagáis una idea de cuál es el porcentaje que os corresponde pagar:

Base imponible anual Porcentaje retención Cantidad a pagar (para 1.000€)
Hasta 17.707 € 24,75% 247,5 €
De 17.707 hasta 33.007 € 30,00% 300 €
De 33.007 hasta 53.407 € 40,00% 400 €
De 53.407 hasta 120.000 € 47,00% 470 €
De 120.000 hasta 175.000 € 49,00% 490 €
De 175.000 hasta 300.000 € 51,00% 510 €
Más de 300.000 € 52,00% 520 €

 

Os traemos las ultimas noticias recien sacadas del horno, para que no os perdais nada de este mundo tan apasionante de las cuatros ruedas
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